jueves, 6 de noviembre de 2014

4.11 Certificación de documentos electrónicos

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lo recomendable a la hora de emitir una factura electrónica es contar con el Certificado de Sello Digital (SCD). Un Certificado de Sello Digital, es como su nombre lo indica un Certificado emitido por el SAT pero cuyo propósito es más específico que el de la Fiel, ya que se limita únicamente a la firma electrónica de CFDI´s o facturas electrónicas.
Se puede utilizar un solo Certificado de Sello Digital para toda la operación de la empresa, o bien tramitar un Certificado de Sello Digital para cada una de las sucursales, establecimientos o locales donde se emita factura electrónica.
La Firma Electrónica Avanzada (Fiel) es muy importante para emitir factura electrónica, sin embargo,  no tiene el mismo valor que el Certificado de Sello Digital para emitir factura electrónica de manera segura, el beneficio de la Fiel es que permite obtener el Certificado de Sello Digital (CSD), que sí es necesario para emitir factura electrónica de manera segura.
Un Certificado de Sello Digital es, según el Código Fiscal de la Federación, es un documento electrónico que es asociado a una identidad y a su propietario. Existe un vínculo legal entre el documento electrónico y el Certificado de Sello Digital, por tanto lo que vaya con el archivo, es vinculante.
Las características de un Certificado de Sello Digital son:
  • Cada Certificado de Sello Digital lleva un código de identificación único.
  • Se debe señalar su origen, es decir, el SAT y la dirección electrónica.
  • Contiene el nombre del titular y del certificado.
  • Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Vigencia del certificado: fecha de inicio, fecha de término.
  • Clave pública del titular del certificado.
  • Señalar con qué tecnología fue creada la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
El Certificado de Sello Digital tiene como finalidad la aceptación legal de una factura electrónica, es como si se firmará con la mano. Es la firma digital de los comprobantes fiscales, garantiza el origen de la factura electrónica, su unicidad, integridad y autenticidad.
Una de las grandes ventajas del Certificado de Sello Digital es que se puede obtener a cualquier hora y en cualquier día ya que se hace a través de la página del SAT, descargando el sistema SOLCEDI.
Se debe tener cuidado con el Certificado de Sello Digital ya que puede quedar sin efectos fiscales, esto sucede si:
La autoridad fiscal:
  • Omita la presentación de 3 ó más declaraciones periódicas consecutivas ó 6 no consecutivas.
  • Durante una revisión o proceso administrativo no se localice el domicilio manifestado.
  • Cuando se tenga conocimiento de que los CFDI emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
Los contribuyentes a quienes se les haya dejado sin efectos el Certificado de Sello Digital podrán llevar a cabo el procedimiento que determine el SAT para subsanar las irregularidades detectadas, a fin de obtener un nuevo certificado.
La autoridad fiscal deberá emitir la resolución sobre dicho procedimiento en un plazo máximo de 3 días, contando a partir del día siguiente a aquel en que se reciba la solicitud correspondiente.
 
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¿Qué es una Autoridad Certificadora?

En términos de la Ley, una Autoridad Certificadora es "la dependencia de la administración pública estatal que tiene las facultades de autorizar, revocar, suspender o extinguir los certificados de Firma Electrónica Certificada."
La Autoridad Certificadora, por sí misma o a través de la intervención de un Prestador de Servicios de Certificación (Autoridad Registradora), verifica la identidad del solicitante de un certificado antes de su expedición.
La confianza de los usuarios en la AC es importante para el funcionamiento del servicio, ya que legitima ante terceros que confían en sus certificados, la relación entre la identidad de un usuario y su llave pública.

¿Cómo funciona una Autoridad Certificadora?

La Autoridad Certificadora en su función más importante es responsable de verificar la identidad del solicitante de un Certificado de Firma Electrónica Certificada antes de su emisión, así como de almacenar y administrar los certificados que emite.
La operación de una AC se sustenta en una infraestructura tecnológica que le permite la emisión, administración y registro de Certificados Electrónicos, así como de la disposición de herramientas que permitan la consulta de la validez de los mismos en cualquier momento por parte de los servicios que hagan uso de la Firma Electrónica.
Dado lo anterior, y bajo el principio que la confianza que se tenga en la AC es vital para la emisión de documentos y operación de servicios con firma electrónica, es necesario el establecimiento de procedimientos, políticas y lineamientos que estén apegados a estándares reconocidos en términos de seguridad, encriptación, confidencialidad, continuidad, entre otros.

¿Para qué se puede utilizar la Firma Electrónica Certificada?

La firma electrónica permite garantizar la identidad de la persona que realiza una gestión, así como la integridad del contenido de los mensajes que envía. Por este motivo, los usuarios que dispongan de Firma Electrónica pueden consultar información de carácter personal, realizar trámites o acceder a servicios que impliquen una certificación de identidad del solicitante.
Las aplicaciones más relevantes en el uso de Firma Electrónica son aquellas que permiten la generación de documentos electrónicos que tengan validez jurídica comprobable en términos del aseguramiento de la identidad de quienes firman o emiten dichos documentos.
Dado que la comprobación de identidad se realiza a través de medios electrónicos, los documentos firmados electrónicamente tienen sustento y validez jurídica únicamente cuando se verifiquen a través de los medios diseñados para dicho efecto.

¿Cuáles son las condiciones para considerar un documento electrónico (mensaje de datos) como válido?

Para asegurar la validez de un documento electrónico o mensaje de datos es necesario responder las siguientes preguntas:
  • ¿Qué se firmó?
  • ¿Quiénes lo firmaron?
  • ¿Cuándo lo firmaron?
El contenido del documento electrónico o mensaje de datos es lo que se está firmando, en un acuerdo, los participantes negocian este contenido y una vez aceptado proceden a firmarlo electrónicamente.
Los participantes que aceptaron el contenido del documento electrónico o mensaje de datos y dieron su aceptación utilizando su llave privada para generar su Firma Electrónica Certificada son quienes firman el documento o mensaje de datos. El Certificado de Firma Electrónica vincula la identidad de los firmantes con su llave pública, que al encontrarse relacionado con su llave privada permite determinar el autor de una Firma Electrónica.
Al ser el Certificado de Firma Electrónica un mensaje firmado electrónicamente, este se puede autentificar y determinar si es integro, que fue emitido por una Autoridad Certificadora confiable y que se encuentra además en su periodo de validez.
Una vez que tenemos un mensaje firmado electrónicamente y conociendo sus correspondientes Certificados de Firma Electrónica, es posible determinar que el mensaje no ha sido alterado, que el mensaje firmado por los participantes fue el mismo, que se tienen elementos suficientes para identificar la autoría de las firmas y que un tercero confiable (AC) verifico la identidad de los firmantes avalando que estos son los poseedores de la llave privada con la que realizaron sus firmas.
 

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