lo recomendable a la hora de emitir una factura
electrónica es contar con el Certificado de Sello Digital (SCD). Un Certificado
de Sello Digital, es como su nombre lo indica un Certificado emitido por el SAT
pero cuyo propósito es más específico que el de la Fiel, ya que se limita
únicamente a la firma electrónica de CFDI´s o facturas electrónicas.
Se puede utilizar un solo Certificado de Sello
Digital para toda la operación de la empresa, o bien tramitar un Certificado de
Sello Digital para cada una de las sucursales, establecimientos o locales donde
se emita factura electrónica.
La Firma Electrónica Avanzada (Fiel) es muy
importante para emitir factura electrónica, sin embargo, no tiene el
mismo valor que el Certificado de Sello Digital para emitir factura electrónica
de manera segura, el beneficio de la Fiel es que permite obtener el Certificado
de Sello Digital (CSD), que sí es necesario para emitir factura electrónica de
manera segura.
Un Certificado de Sello Digital es, según el Código
Fiscal de la Federación, es un documento electrónico que es asociado a una
identidad y a su propietario. Existe un vínculo legal entre el documento
electrónico y el Certificado de Sello Digital, por tanto lo que vaya con el
archivo, es vinculante.
Las características de un Certificado de Sello
Digital son:
- Cada Certificado
de Sello Digital lleva un código de identificación único.
- Se debe señalar
su origen, es decir, el SAT y la dirección electrónica.
- Contiene el
nombre del titular y del certificado.
- Clave del
Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Vigencia del
certificado: fecha de inicio, fecha de término.
- Clave pública del
titular del certificado.
- Señalar con qué
tecnología fue creada la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
El Certificado de Sello Digital tiene como finalidad
la aceptación legal de una factura electrónica, es como si se firmará con la
mano. Es la firma digital de los comprobantes fiscales, garantiza el origen de
la factura electrónica, su unicidad, integridad y autenticidad.
Una de las grandes ventajas del Certificado de Sello
Digital es que se puede obtener a cualquier hora y en cualquier día ya que se
hace a través de la página del SAT, descargando el sistema SOLCEDI.
Se debe tener cuidado con el Certificado de Sello
Digital ya que puede quedar sin efectos fiscales, esto sucede si:
La autoridad fiscal:
- Omita la
presentación de 3 ó más declaraciones periódicas consecutivas ó 6 no
consecutivas.
- Durante una
revisión o proceso administrativo no se localice el domicilio manifestado.
- Cuando se tenga
conocimiento de que los CFDI emitidos se utilizaron para amparar
operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
Los
contribuyentes a quienes se les haya dejado sin efectos el Certificado de Sello
Digital podrán llevar a cabo el procedimiento que determine el SAT para
subsanar las irregularidades detectadas, a fin de obtener un nuevo certificado.
La autoridad fiscal deberá emitir la resolución
sobre dicho procedimiento en un plazo máximo de 3 días, contando a partir del
día siguiente a aquel en que se reciba la solicitud correspondiente.
¿Qué es una
Autoridad Certificadora?
En términos de la Ley, una
Autoridad Certificadora es "la dependencia de la administración pública
estatal que tiene las facultades de autorizar, revocar, suspender o extinguir
los certificados de Firma Electrónica Certificada."
La Autoridad Certificadora,
por sí misma o a través de la intervención de un Prestador de Servicios de
Certificación (Autoridad Registradora), verifica la identidad del solicitante
de un certificado antes de su expedición.
La confianza de los usuarios
en la AC es importante para el funcionamiento del servicio, ya que legitima
ante terceros que confían en sus certificados, la relación entre la identidad
de un usuario y su llave pública.
¿Cómo funciona una Autoridad Certificadora?
La Autoridad Certificadora en
su función más importante es responsable de verificar la identidad del
solicitante de un Certificado de Firma Electrónica Certificada antes de su
emisión, así como de almacenar y administrar los certificados que emite.
La operación de una AC se
sustenta en una infraestructura tecnológica que le permite la emisión,
administración y registro de Certificados Electrónicos, así como de la
disposición de herramientas que permitan la consulta de la validez de los
mismos en cualquier momento por parte de los servicios que hagan uso de la
Firma Electrónica.
Dado lo anterior, y bajo el
principio que la confianza que se tenga en la AC es vital para la emisión de
documentos y operación de servicios con firma electrónica, es necesario el
establecimiento de procedimientos, políticas y lineamientos que estén apegados
a estándares reconocidos en términos de seguridad, encriptación,
confidencialidad, continuidad, entre otros.
¿Para qué se puede utilizar la Firma Electrónica Certificada?
La firma electrónica permite
garantizar la identidad de la persona que realiza una gestión, así como la
integridad del contenido de los mensajes que envía. Por este motivo, los
usuarios que dispongan de Firma Electrónica pueden consultar información de
carácter personal, realizar trámites o acceder a servicios que impliquen una
certificación de identidad del solicitante.
Las aplicaciones más
relevantes en el uso de Firma Electrónica son aquellas que permiten la generación
de documentos electrónicos que tengan validez jurídica comprobable en términos
del aseguramiento de la identidad de quienes firman o emiten dichos documentos.
Dado que la comprobación de
identidad se realiza a través de medios electrónicos, los documentos firmados
electrónicamente tienen sustento y validez jurídica únicamente cuando se
verifiquen a través de los medios diseñados para dicho efecto.
¿Cuáles son las condiciones para considerar un documento
electrónico (mensaje de datos) como válido?
Para asegurar la validez de un
documento electrónico o mensaje de datos es necesario responder las siguientes
preguntas:
- ¿Qué se firmó?
- ¿Quiénes lo
firmaron?
- ¿Cuándo lo
firmaron?
El contenido del documento
electrónico o mensaje de datos es lo que se está firmando, en un acuerdo, los
participantes negocian este contenido y una vez aceptado proceden a firmarlo
electrónicamente.
Los participantes que
aceptaron el contenido del documento electrónico o mensaje de datos y dieron su
aceptación utilizando su llave privada para generar su Firma Electrónica
Certificada son quienes firman el documento o mensaje de datos. El Certificado
de Firma Electrónica vincula la identidad de los firmantes con su llave
pública, que al encontrarse relacionado con su llave privada permite determinar
el autor de una Firma Electrónica.
Al ser el Certificado de Firma
Electrónica un mensaje firmado electrónicamente, este se puede autentificar y
determinar si es integro, que fue emitido por una Autoridad Certificadora
confiable y que se encuentra además en su periodo de validez.
Una vez que tenemos un mensaje
firmado electrónicamente y conociendo sus correspondientes Certificados de
Firma Electrónica, es posible determinar que el mensaje no ha sido alterado,
que el mensaje firmado por los participantes fue el mismo, que se tienen
elementos suficientes para identificar la autoría de las firmas y que un
tercero confiable (AC) verifico la identidad de los firmantes avalando que
estos son los poseedores de la llave privada con la que realizaron sus firmas.